AYUDA A LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL. NUEVA ORDEN.
Una producción audiovisual profesional no es una inversión barata. Por ello, es del interés del profesional audiovisual conocer todos los recursos que tienen disponibles para ello. Y atender a la ayuda a la producción audiovisual que poporciona España y presenta novedades.
A este respecto, el Boletín Oficial del Estado publicó este martes, 30 de junio, la Orden Ministerial por la que se establecen las nuevas bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes.
En dichas bases se establecen medidas que agilizan y simplifican los trámites administrativos y medidas específicas. El objetivo: hacer frente al impacto económico del COVID-19 en las empresas del sector.
En la nueva Orden reguladora, que sustituye a la vigente de hace dos años, se introducen modificaciones de carácter técnico que simplifican y unifican los procedimientos para facilitar la comprensión, cumplimentación y tramitación de las ayudas.
Además, se refuerza la protección de determinados colectivos. A través del fomento de las actividades que desarrollan y en relación a los requisitos de acceso a las ayudas.
Cuestiones de inevitable interés en el caso del profesional Audiovisual. Es este un sector fuertemente golpeado por la crisis sanitaria. Pero en Guía Profesional Audiovisual traemos las noticias para combatirlo con creatividad y, en esta ocasión, también, para estar al tanto de las ayudas que puedan interesar a los profesionales audiovisuales.
CARACTERÍSTICAS DE LA NUEVA ORDEN DE AYUDA ESTATAL A LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
En la nueva orden se potencia la protección del profesional audiovisual, mediante la exigencia de que antes del pago de la ayuda se haya abonado un porcentaje determinado del precio del guion. Además, se marca el apoyo a películas de interés cultural con dificultades a la hora de encontrar financiación. A este respecto, se ha aumentado el importe para la ayuda a la producción audiovisual. Que cumple una indudable función social y merecen este reconocimiento.
Por otro lado, se potencian los proyectos en régimen de co-producción con empresas extranjeras en los que la participación española es minoritaria pero que presenten un claro interés cultural. Con ello se pretende favorecer la internacionalización y profesionalización del sector audiovisual.
Además, para facilitar el acceso a las ayudas, se ha hecho una reserva de un mínimo del 5 % de la dotación de las ayudas selectivas para este tipo de proyectos. Y, también, en las generales, se ha bajado el presupuesto mínimo del proyecto a 150.000 euros para poder participar en las co-producciones internacionales con países iberoamericanos.
Igualmente, como ocurriera en convocatorias anteriores, las nuevas bases siguen haciendo hincapié tanto en el fomento de la igualdad de género como en la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL A LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
Ya en la convocatoria anterior, para fomentar la inclusión, era condición necesaria tener empleada en la empresa o incorporar al proyecto audiovisual, al menos, a una persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido por el organismo competente. Excepto cuando se trate de proyectos de carácter documental o experimental.
A la nueva normativa de la ayuda a la producción audiovisual, se une, además, novedades con el mismo objetivo. De hecho, la Nueva Orden Ministerial da un importante paso hacia la accesibilidad universal del cine español. Y es que, por primera vez, hace obligatorio que las películas cinematográficas incluyan como medidas de accesibilidad universal el subtitulado especial y la audio-descripción para acceder a las ayudas generales y selectivas para la realización de largometrajes sobre proyecto.
FACILIDADES PARA ACCEDER A LAS AYUDAS A LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
A través de la nueva norma se realizan determinadas modificaciones de carácter técnico. El objetivo es simplificar y unificar los procedimientos para facilitar la comprensión y tramitación de las ayudas.
Por ejemplo, se actualiza la referencia a la normativa aplicable e incluye los principios generales que rigen todas las líneas de ayudas. Tales como la compatibilidad de las mismas, la nacionalidad de las obras, los requisitos que han de cumplir para obtener la totalidad de las ayudas y los límites a la percepción de ayudas por empresa o conjunto de empresas vinculadas.
A este respecto, destacan las novedades adoptadas en las ayudas selectivas para la producción de largometrajes. En esta Nueva Orden Ministerial cambia el sistema de convocatoria de única al sistema de convocatoria abierta. Así como la eliminación de las restricciones existentes al coste máximo del proyecto.
Además, con el fin de agilizar el procedimiento de valoración, se establece una pre-evaluación objetiva. Esta se basa en una puntuación mínima de acceso y elimina la obligatoriedad de aportar determinados documentos en el momento de presentar la solicitud.
Atendamos más específicamente a algunas de estas condiciones, que pudieran ser del interés para el profesional audiovisual.
CRITERIOS OBJETIVOS PARA LA CONCESIÓN DE LA AYUDA
Por supuesto, todo está expuesto en el BOE y la Nueva Orden Ministerial correspondiente. Pero, con el fin de facilitar la información al profesional audiovisual añadimos un breve esquema del baremo necesario para acceder a esta ayuda.
Pero podemos destacar algunas características del baremo de la misma. Entre estas destacan las siguientes:
a) Carácter cultural del proyecto. Hasta 3 puntos. Se basará en la lengua de la versión original. E incluirá las lenguas de signos españolas reconocidas en España como propias de las personas sordas.
b) Trayectoria del director o directora del proyecto: Hasta 3 puntos. Se basará en:
- La participación en festivales y/o premios obtenidos.
- El resultado obtenido en taquilla por proyectos previos.
- En su condición de ser nueva realizadora o nuevo realizador.
c) Solvencia de la empresa productora, o en su caso de la empresa productora-gestora, solicitante de la ayuda. Hasta 16 puntos.
d) Viabilidad económica y financiera del proyecto: Hasta 41 puntos. Esta puede sea de especial interés para el profesional audiovisual. Atendamos a ella específicamente.
CONDICIONES ECONÓMICAS PARA LA AYUDA
El baremo en este punto se basará en:
- Los contratos suscritos con una empresa de distribución cinematográfica en España, con especial atención a la distribución independiente.
- Los contratos con una empresa de ventas internacionales, con especial atención a los suscritos con empresas que cuenten con títulos de largometrajes en las lenguas oficiales del estado español en su catálogo.
- La suma de contratos con prestadores de servicio de comunicación audiovisual o con sus empresas productoras filiales que operen en España, para la explotación en España.
- Su condición de coproducción internacional con participación técnico-artística española.
- Las ayudas públicas nacionales y ayudas de Programas Internacionales obtenidas por el proyecto.
- Impacto socioeconómico y de la inversión en España e innovación: Hasta 37 puntos. Esto se basará en:
- El gasto realizado o repercutido en España.
- La incorporación de personas con contratos en prácticas o en formación, así como de personas becarias o estudiantes en prácticas
- La inclusión de medidas de accesibilidad universal para las personas con discapacidad física o sensorial, como alguna de las lenguas de signos españolas reconocidas en España
- Su condición de película documental o de animación.
- El fomento de la igualdad de género a través de la participación de mujeres en el proyecto, con un mínimo de 8 puntos. Para obtener puntuación por la presencia de mujeres en cada uno de los puestos que se detallen en las convocatorias, será necesario que la participación sea exclusivamente femenina, excepto para el caso de guionistas, en el que se permite que haya coparticipación masculina, siempre que todas las personas copartícipes tengan el mismo nivel de responsabilidad, lo que deberá reflejarse en los títulos de crédito.
AYUDA ANTE EL IMPACTO DEL COVID-19
Las descritas aquí, son sólo, algunas de estas condiciones. Con esto pretendemos informar al profesional audiovisual interesado, que puede acceder a la Orden ministerial completa en el BOE.
Además, también cabe señalar algunas cuestiones específicas de esta Nueva Orden. Y es que en la misma se han incorporado también una serie de medidas específicas para hacer frente al impacto económico de la COVID-19 en las empresas del sector.
Están dirigidas principalmente a flexibilizar el cumplimiento de las obligaciones consistentes en acreditar el desarrollo de determinada actividad cuando esta afecte al año 2020. Esto implica el aumento del 20 % al 40 % la cantidad de ayuda que podrán recibir como primer pago las empresas que resulten beneficiarias en 2020 de las ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto.
El objetivo es aportar mayor liquidez al sector y reforzar el apoyo a la financiación de determinadas películas que hayan recibido ayudas generales o selectivas a la producción de largometrajes en el año 2019, que posean un especial valor cultural y artístico y que soliciten el certificado de nacionalidad española en los años 2020 y 2021. Dicha novedad implica el aumento de la intensidad máxima de las ayudas públicas que puedan recibir hasta el 75% del coste reconocido.
Hasta donde estas nuevas condiciones de la ayuda a la producción audiovisual pueden ayudar a la reactivación del sector es algo que solo el tiempo dirá. Claramente el profesional audiovisual se enfrenta al mismo a través de su creatividad. Pero cualquier información que pueda ayudar a ello estará disponible en Guía Profesional Audiovisual, que nace para ayudar precisamente al profesional audiovisual en sus proyectos. Esperamos este sea uno de esos casos.